Taller n°5: Actividad debate grupal
¿Es la dignidad humana un derecho absoluto o puede ser condicionado por la conducta?

Tesis:
La dignidad humana es un derecho absoluto e incondicional, que no puede ser negado ni disminuido, incluso ante conductas gravemente inmorales o ilegales.
1. La dignidad ontológica: fundamento universal e inalienable del ser humano
Argumento:
La dignidad humana ontológica se basa en el simple hecho de ser persona. Toda persona, por el solo hecho de pertenecer a la especie humana, posee un valor intrínseco que no depende de sus actos, capacidades o moralidad.
Fundamento:
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La dignidad ontológica es la base de los Derechos Humanos (Declaración Universal de 1948, art. 1: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...").
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Esta concepción es compartida por múltiples tradiciones éticas (kantiana, cristiana, personalista), que sostienen que el ser humano nunca puede ser tratado como un medio, sino siempre como un fin en sí mismo.
Ejemplo:
Incluso un criminal de guerra como Adolf Eichmann fue juzgado con garantías y sin tortura, porque su dignidad humana le confería derechos básicos, aunque sus actos fueran monstruosos.
2. La dignidad moral no niega la dignidad ontológica
Argumento:
Es cierto que las personas pueden actuar de manera inmoral y dañar su "dignidad moral", entendida como coherencia con los valores éticos. Sin embargo, esto no anula su dignidad ontológica ni justifica que se les prive de derechos fundamentales.
Fundamento:
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La bioética moderna reconoce que la dignidad no puede ser retirada como castigo. Incluso en contextos penitenciarios, se deben respetar los derechos humanos fundamentales (ver el Principio de Justicia y No Maleficencia).
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La ética del cuidado y del respeto a la persona exige un trato humano sin condiciones.
Ejemplo:
En la medicina penitenciaria, un médico no puede negar atención a una persona presa por homicidio. Éticamente, debe tratarla como a cualquier paciente, sin importar su historial.
3. La dignidad real puede ser vulnerada, pero no eliminada
Argumento:
Las condiciones sociales, políticas o jurídicas pueden vulnerar la expresión de la dignidad (dignidad real), pero nunca anularla. Por eso, los sistemas de justicia deben proteger los derechos de todos, incluso de quienes han cometido delitos.
Fundamento:
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Desde el punto de vista de los Derechos Humanos, todos merecen un juicio justo, condiciones dignas y rehabilitación, porque la dignidad no se pierde.
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Los principios bioéticos de autonomía y beneficencia siguen aplicando, incluso en escenarios de sanción.
Ejemplo:
El Papa Francisco ha defendido la abolición de la pena de muerte porque niega la posibilidad de redención, partiendo de la dignidad inviolable de todo ser humano, incluso del culpable.
Conclusión:
La dignidad humana es un valor incondicional y absoluto. No depende de la conducta, méritos o moralidad del individuo. Negarla a alguien por sus actos sería abrir la puerta a justificar tratos inhumanos y negar la base ética sobre la que se construyen los derechos humanos y la bioética. Reconocer la dignidad incondicional de todos no justifica el mal obrar, pero sí garantiza un trato ético que respeta la humanidad de todos, sin excepción.
Bibliografía
Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos.